Ahorra energía con el Plan de Instalación de Detectores de Presencia de ...
















dudas más frecuentes














01.¿Qué ayuda concede el Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM) al sustituir los interruptores/pulsadores de zonas comunes por detectores de presencia?
02.¿Se subvenciona cualquier tipo de detector de presencia?
03.¿Se subvenciona cualquier marca de detector de presencia?
04.¿Dónde están disponibles los diferentes modelos de detectores de presencia que están homologados?
05.¿Quién puede optar a recibir la subvención?
06.¿Quién puede realizar la instalación?
07.¿Qué documentación es necesario presentar para obtener la subvención?
08.¿Existe algún requisito más?
09.¿Quién puede presentar la solicitud de la subvención?
10.¿Dónde se presenta la documentación para tramitar la subvención?
11.¿Cómo se cobra la subvención?
12.¿Qué plazo de tiempo existe para solicitar la subvención?
13.¿Dónde es posible recibir más información sobre el Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM)?




01. ¿Qué ayuda concede el Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM) al sustituir los interruptores/pulsadores de zonas comunes por detectores de presencia?


Toda sustitución de interruptores/pulsadores de zonas comunes (sin incluir garajes) por detectores de presencia, tiene derecho a percibir una ayuda de 60 € por detector instalado aportados por la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.


En la instalación se deben independizar los encendidos, de tal forma que la iluminación de las zonas comunes entre en funcionamiento según la zona en la que se detecte presencia.


En cualquier caso, la ayuda pública nunca podrá superar el 30% del coste de los detectores más la instalación (IVA no incluido). Con un máximo de 10.000 € por portal


02. ¿Se subvenciona cualquier tipo de detector de presencia?


No. Sólo son subvencionables las instalaciones realizadas con detectores homologados. Infórmese a través de su instalador sobre este tipo de detectores.


Además, los detectores de presencia instalados deberán poseer las siguientes características:


  • Tecnología de detección mediante infrarrojos.

  • Ajustes de temporización y sensibilidad lumínica.

  • Apto para todo tipo de lámparas (fluorescentes, incandescente y bajo consumo).

  • Deberán aguantar directamente la carga sin necesidad de instalar contactores.

  • No serán inalámbricos.



03. ¿Se subvenciona cualquier marca de detector de presencia?


Sí. Siempre que esté dentro de la lista de los detectores homologados.


04. ¿Dónde están disponibles los diferentes modelos de detectores de presencia que están homologados?


En esta misma página web se encuentra la lista de detectores homologados.


Nota: Para poder beneficiarse de este Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM), los detectores de presencia instalados deben estar incluidos en la base de datos reseñada.


05. ¿Quién puede optar a recibir la subvención?


Cualquier comunidad de propietarios, comunidad de bienes o fincas de propiedad particular de dos o más viviendas que acrediten haber sustituido los interruptores/pulsadores de iluminación de las zonas comunes (excepto garajes) por detectores de presencia.


06. ¿Quién puede realizar la instalación?


Todas las tramitaciones se realizarán a través de la aplicación www.instaladetectores.com por Empresas Instaladoras Autorizadas y además registradas para tramitar el Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM).


En la web www.instaladetectores.com encontrará las empresas instaladoras autorizadas adheridas al Plan más cercanas a su domicilio.


Si no conoce ninguna, puede llamar a APIEM (Tfno.: 91.594.52.71) y le facilitaremos los datos de instaladores de su zona.


07. ¿Qué documentación es necesario presentar para obtener la subvención?


La documentación necesaria a presentar es la siguiente:


  • Boletín de solicitud del incentivo original firmado y sellado por la empresa instaladora, así como por el representante del titular de la instalación.

  • Tarjeta de Identificación Fiscal.

  • DNI/NIE persona representante.

  • Acta Comunidad de Propietarios con elección del Presidente/Administrador o escrituras en su caso, y/o documento de autorización de los representantes en los casos que sea necesario.

  • Declaración de no haber recibido otras ayudas de la Comunidad de Madrid para esta instalación (Anexo III)

  • Presupuesto del Instalador Autorizado desglosado.

  • Fotocopia de la factura desglosada aceptada por el titular con el suficiente detalle de actuaciones, para conocer el coste y el alcance de los trabajos acogidos al Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios.

  • Justificante bancario del titular beneficiado.



Entre la fecha de solicitud del número de expediente y la fecha de presentación en APIEM del boletín de solicitud del incentivo junto con la documentación adjunta, no deben transcurrir más de 30 días naturales, con fecha límite 10 de Octubre de 2012. Transcurrido este plazo, caducará el expediente y será necesario reiniciar el procedimiento solicitando un nuevo expediente.


APIEM no recogerá expedientes incompletos, por lo que, en caso de presentarse solicitudes incompletas, serán rechazadas y continuará corriendo el plazo de caducidad de los expedientes.


08. ¿Existe algún requisito más?


Las actuaciones que se pretendan acoger al Plan también deben cumplir las siguientes condiciones:


  • Realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

  • Los aparatos que se instalen deben ser nuevos.

  • En ningún caso se podrá acoger al Plan la compra sin instalación.



09. ¿Quién puede presentar la solicitud de la subvención?


El instalador en nombre de su cliente.


10. ¿Dónde se presenta la documentación para tramitar la subvención?


En la sede de APIEM (Asociación Profesional de Empresarios de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Madrid).


Horario: de 9 a 14 h
Lugar: Calle Magallanes 36-38.
Tfno.: 91.594.52.71


11. ¿Cómo se cobra la subvención?


Después de presentar la documentación, y si todo está correcto, el titular de la instalación recibe el importe que le corresponda mediante una transferencia en su cuenta bancaria.


12. ¿Qué plazo de tiempo existe para solicitar la subvención?


Desde el 19 de mayo de 2011 hasta el agotamiento de los fondos asignados al Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM), con el límite del 10 de octubre de 2012.


13. ¿Dónde es posible recibir más información sobre el Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Comunidades de Propietarios de la Comunidad de Madrid (PIDECAM)?


Contactando con APIEM en el Tfno.: 91.594.52.71 o en el correo electrónico instaladetectores@apiem.org.




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